El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado que dar un beso en la boca sin consentimiento constituye un delito de abuso sexual, tras un suceso ocurrido hace unos meses, donde se confirmaba la condena de un año de prisión a un hombre que besó a una menor de 16 años.
“Un solo tocamiento, si es inconsentido, puede ser suficiente para la consumación del tipo delictivo”, dice la sentencia.
El punto determinante tanto para la Audiencia como para el Tribunal Superior estriba en que la joven sintió afectada su libertad sexual. Así lo vivió ella, argumenta el tribunal, que añade “se quedó paralizada ante una acción, sin que la misma pueda encontrar apoyo o explicación en una muestra de cariño habitual”.
La Sala rechaza la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de coacciones al considerar probado que se trató “de una conducta claramente atentatoria por parte del acusado contra la libertad sexual de la denunciante”.
La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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