Se trata de un contrato en el que una persona cede a otra una serie de bienes, derechos o dinero a cambio de que esa persona la cuide durante toda su vida. Puede tratarse de un piso, una finca, acciones, dinero, etc.
La persona que recibe los bienes, deberá de atender a la persona que se los da en el sentido de facilitar alimentos, vivienda, asistencia médica, cuidados, ropa, etc.
Con este tipo de contratos, la persona que da los bienes garantiza una serie de cuidados durante toda su vida, y la otra recibe una serie de bienes como contraprestación por los cuidados que suministra.
Es necesario realizar el contrato ante notario, y se pueden establecer garantías de cumplimiento que permitan recobrar los bienes entregados si la otra parte incumple su obligación de cuidado.